Reiteran pedido de informe al JEM sobre incumplimiento de la Ley 1340

Facetti presentó el listado de juicios, nombres de jueces y fiscales que están incumpliendo el mandato del articulo 52 de la Ley 1340/88. En parte señaló que hay causas de hace 10 años. «Representa una violación al espirita de esta ley», indicó.

El articulo 52 establece que: Art. 52.- El Juez procederá a la destrucción de las plantaciones o a la incineración de las sustancias y drogas a las que se refiere esta Ley, dentro de las cuarenta y ocho horas de haber sido ellas encontradas. La incineración o destrucción deberá efectuarse con la presencia del Juez, el secretario, el representante del Ministerio Público y un Oficial Superior de la Dirección Nacional de Narcóticos (DINAR), previa constatación de su peso o cantidad y de la cantidad de las mismas y una vez que se haya extraído de ellas una cantidad mínima para su agregación al proceso.


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