El Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) rechazó éste viernes la impugnación contra las candidaturas de Horacio Cartes, Nicanor Duarte Frutos, Juan Afara y Fernando Lugo, que buscan cargos en el Senado.
Agregó que su argumento es basado en el Artículo 189 de la Constitución Nacional, «De las Senadurías vitalicias: «Los expresidentes de la República, electos democráticamente, serán senadores vitalicios de la Nación, salvo que hubiesen sido sometidos a juicio político y hallados culpables. No integrarán el quórum. Tendrán voz pero no voto»

Deja una respuesta