Coscia informó que el fallo a favor de sus clientes fue de extinguir la acción penal tras declararse inconstitucional el auto de elevación a juicio oral y su confirmación. “Al declarar inconstitucional estos dos, queda sin efecto la acusación”, señaló.
Asimismo, explicó que se resolvió anular el auto de elevación al juicio oral, ya que está prohibido en el código procesal penal acusar sin haber dado oportunidad a los imputados de prestar declaración indagatoria, ”nuestros dos defendidos nunca prestaron, sin embargo el Ministerio Público acusó”.
Los documentos presentados en el pliego de bases y condiciones presentados ante la Fiscalía no eran los mismos de los que fueron utilizados para la compra de helicópteros. “Está confirmado que se utilizó una fotocopia simple, sin el contrato a la vista”, por lo tanto señala que se utilizaron documentos falsos por los fiscales.

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