Asimismo, se reitera que sigue vigente la cancelación de vuelos de aeronaves comerciales y privadas que provengan del exterior hasta la fecha señalada en el citado Decreto, aclarando que esta disposición no afecta a los aviones de servicios de carga, a fin de evitar el corte del suministro de bienes y mercancías en general, alimentos, insumos y material médico empleados en la campaña para combatir la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Tampoco afecta la circulación de las aeronaves que presten servicios médicos, de auxilio y socorro, así como las de países extranjeros que pretendan repatriar a sus connacionales durante la vigencia de esta medida.

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