“Estuvimos presente, primero se le cede la palabra a la acusación que en este caso transmití la voluntad de mi representado de no conciliar y avanzar en el proceso. Una vez que una de las partes señala la ausencia de voluntad, básicamente termina ya de tener sentido la audiencia. Entonces, a partir de la intervención de la defensa y de quien representa, el juzgado dio por terminado la etapa y pasamos a la elevación a juicio oral y público”, señaló.
Mencionó que una vez que una de las partes (en este caso toca primero a la acusación) ya pierde el objeto de discusión cualquier otro tipo de postura, se le cede la palabra y manifiestan lo que creen pertinente, pero conciliar requiere el acuerdo de dos y si el primero señala que no, corresponde avanzar en el proceso.
“Cuando el acusador adelanta en audiencia su postura de que no hay voluntad de conciliar, la respuesta lógica por parte de la defensa es que tampoco tiene, sino se estarían exponiendo porque ya pierde objeto la audiencia”, indicó.
Agregó que muchas atribuciones se están tratando de instalar “una suavización de las afirmaciones iniciales”.

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