Dinatran no multará por habilitación vencida hasta finales de julio

La medida excepcional entró en vigencia mediante la Resolución CD Nro. 288, del 01 de julio, con el objetivo de brindar herramientas jurídicas que tiendan a la recuperación económica del sector transporte que operan en el servicio nacional, que a la fecha están muy castigadas por la crisis derivada de la pandemia covid-19, informó hoy el director nacional, Juan José Vidal.

En ese sentido, destacó que ningún funcionario podrá sancionar o multar por habilitaciones vencidas hasta la fecha señalada. Asimismo se insta que una vez vencido el plazo establecido hasta el 31 de julio, las unidades deberán tener la documentación al día ante la Dirección Nacional de Transporte.

Se exhorta a los transportistas a aprovechar este tiempo de excepcionalidad para acercarse al taller de inspección técnica vehicular más cercano para realizar su ITV y así gestionar su habilitación en tiempo y forma, considerando que el pago de multa por atraso también se encuentra exonerado.

Fuente: Dinatran


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