«El protocolo de Salud Pública se dan los servicios funerarios en el caso de dar cajón y el entierro, pero el protocolo indica que no están habilitados ninguno de los ritos funerarios: velatorios y entre otras cosas, porque el velatorio por sí mismo, por su característica es una aglomeración donde no hay posibilidades de control de las reglas sanitarias, no es el tema de que se junten cuatro o cinco no más, uno cuando se va al velatorio es para ayudar o colaborar de lo que es el duelo y eso implica llantos, gritos y abrazos», mencionó.
«La distancia social es prácticamente imposible porque si uno se va a un velatorio es para estar con esa persona sufriente, para abrazarle, mimarle y consolarle, entonces es imposible, un evento que por sus características mismas hace que sea no recomendable y prohibido para una pandemia», explicó.
Protocolo establecido por el Ministerio de Salud:
- El alistamiento del cadáver será realizado en el mismo sitio del deceso en el ámbito
hospitalario. - Todas las personas que participen del cuidado inicial hasta la introducción en la bolsa
mortuoria deberán estar provistas con los Equipos de Protección Personal y
deberán eliminarlos inmediatamente al terminar el procedimiento. - Queda restringida la realización de autopsias, necropsias sanitarias, viscerotomías o similares, prácticas de embalsamamiento y tanatopraxia en casos que ya se encuentren con diagnostico presuntivo o confirmados de infección por COVID-19.
- De ninguna manera se deben realizar rituales fúnebres, en ningún momento realizar aglomeración de personas dolientes ya que entran en riesgo de contagio entre ellas.
- En caso de que ocurra un deceso en casa se deberá notificar a la autoridad sanitaria para que realice el desplazamiento al domicilio y a través de autopsia verbal pueda determinar las posibles causas de muerte, así como la realización de toma de muestras, evitando el traslado del cadáver al prestador de servicios de salud.

Deja una respuesta