Abogado del padre Silvestre Olmedo reafirma no existe relación de jerarquía entre el acusado y la denunciante

«El otro aspecto que se discute mucho es el abuso de la autoridad e influencia. Ese abuso de autoridad e influencia tiene que ser desde la perspectiva que el sujeto pasivo (víctima) se prive de una legitima expectativa en cuanto a un derecho, es decir, el autor le obliga a la persona a tener que recibir actos que vulneran su autonomía sexual y no con el solo hecho de la autoridad e influencia sino que con motivos de esa autoridad si es que no atiende los requerimientos del sujeto autor el sujeto pasivo va a ver impedido un derecho que compete», manifestó.

«En este caso especifico resulta que la persona supuestamente víctima quedó probado en juicio de que no estaba en una relación de autoridad e influencia porque la misma era coordinadora pastoral y en otro lado», señaló.

«El acoso sexual, en este caso los elementos necesarios para que configure el tipo no concurrían de acuerdo a las pruebas, es más quedó probado en juicio de que no hubieron actos previos de insistencia con fines sexuales, lo declaró la propia victima de manera espontanea, lo declararon las tres personas que fueron los precursores de esta causa penal porque esta causa penal se origina paradójicamente con la comisión de un delito. O sea para investigar y perseguir un hecho punible de acoso sexual se cometió otro hecho punible en perjuicio de la persona a quien posteriormente se iría a sindicar como autor del hecho», explicó.

El profesional del derecho continuó diciendo que «se pretendió probar el hecho a través de una grabación, que hipotéticamente se le hizo a la persona que se le iba a sindicar como autor del hecho y tres sujetos más, esa grabación de origen. Se hizo una pericia, a pesar de que no correspondía de una computadora que contenía estos archivos de la presunta grabación de audio y vídeo y el primer dato que da el perito es que el archivo inserto en esa computadora era del 5 de enero del 2017 cuando que la grabación ilícita, ilegal e inconstitucional supuestamente databa del 23 de noviembre del 2016. Este es un proceso bastante complejo».

https://nanduti.com.py2020/08/11/caso-alexa-no-soo-te-justicia-sino-ademas-te-castigar-ese-mensaje-dice-abogada/


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