En el caso de la ANDE, la exoneración del pago de facturas incluye a todos los usuarios cuyo consumo sea menor a 500 kW, es decir, unos Gs. 221.000. En el caso de la Essap, el consumo exonerado es hasta Gs. 50.000.
El consumo exonerado abarcaba hasta el mes de julio, que se factura en agosto. Con el decreto se incluye el consumo de agosto, a facturarse en setiembre.
Fuente: Agencia IP

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