“En la persona del presidente PLRA, Efraín Alegre, no se dan los presupuestos que se requiere para la prisión preventiva, que es: primero, la sospecha seria de un hecho punible grave; segundo, tiene que existir peligro de fuga, que no existe, y/o un peligro de obstrucción, que tampoco existe. Conjuntamente tienen que darse estos requisitos para que se pueda aplicar la prisión preventiva y sólo después analizar si esta puede ser sustituida por una medida menos gravosa”, explicó.

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