Ejecutivo firmó decreto que establece nuevas medidas restrictivas desde el 07 hasta el 20 de diciembre

Las medidas son las siguientes:

  1.  Los habitantes podrán desplazarse desde las 05:00 hasta las 23:59 horas.
  2.  Las bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 22:00 a 05:00 horas, excepto en los locales gastronómicos.
  3. Se permitirán los eventos infantiles conforme al protocolo aprobado por el MSPBS.
  4.  Los eventos sociales y corporativos tendrán una duración máxima de cuatro horas.

 Se dispone la obligatoriedad del uso de las mascarillas (tapabocas) en:

  • Lugares cerrados.
  • En la vía pública
  • En el transporte público de corta y larga distancia.
  • En aquellos lugares en los que no se pueda mantener el distanciamiento físico establecido por los protocolos de aislamiento.
  • Es obligatorio el cumplimiento del protocolo recomendado por el MSPBS para el ingreso a los lugares y para la realización de las actividades y servicios. (Lavado de manos, distanciamiento social y uso de mascarillas).

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