Pago de compensación del IPS será en base a los días suspendidos, explican

 

Explicó que por los días trabajados, el empleador debe pagar al trabajador y que el IPS complementará el “vacío”, es decir pagará por los días suspendidos. Se trata de un pago en proporción, indicó.

La compensación adicional se calcula conforme al tiempo en que estuvo suspendido el trabajador y va desde un mes hasta los ocho meses. Son 1.096.419 guaraníes que se deben multiplicar por los días por los días suspendidos, dividido 240 (que son los días correspondientes a 8 meses) y de esta fórmula sale el monto a cobrar.

Para conocer el monto a cobrar, realizar la siguiente formula: 1.096.419 X (días suspendidos) ÷ 240.

En el caso de los personales que regresaron de la suspensión y fueron despedidos, el IPS de igual forma pagará por los días suspendidos pese a no trabajar más con la empresa privada.

Dijo que ya cuentan con todos los sistemas para la acreditación, sin embargo el problema es que si hacen todas las transferencias de una sola vez, complicarían el sistema bancario del BNF.

“El 70% aproximadamente ya están bancarizados, cobran su salario en tarjeta de débito y un 30% cobran todavía en efectivo. Entonces lo que estamos haciendo es dividiendo y vamos a acreditarle a ese 70 mil personas en su cuenta de débito ligado a su cuenta de ahorro para que ahí no más retire de cualquier cajero. Y son unos 30 mil que vamos a tener que notificar para no aglomerar gente en BNF”, explicó. Los desembolsos se realizarán el próximo viernes 18.

El Poder Ejecutivo autorizó este miércoles el pago de una compensación adicional a los trabajadores formales suspendidos en sus contratos laborales durante la pandemia del coronavirus.


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