Finalmente un Tribunal dictaminó la culpabilidad en la conducta de una mujer madre que fue condenada a 22 años de pena privativa de libertad, por cometer Abuso Sexual, Pornografía Infantil y Violación del Deber de Cuidado.
«Se le dio la pena máxima en este caso. Lo que se pudo comprobar es que ella invitaba a menores y los encerraba en una habitación y ella desde otra habitación procedía a filmar. En otro video se ve a ella manoseando a la niña, diciendo como debía comportarse, qué debía decir. Se encontró el objeto que usaba para manosear a la niña»
«Se tuvo mucha intervención psicológica para formar un relato. Cuando tomó confianza recién empezó a contar cómo fue sometida por la pareja de su mamá. El tribunal no encontró ningún defecto y que la condena se ajusta a lo que corresponde. A la señora se le hizo un estudio psiquiátrico y arrojó la negación de todo. Psicológicamente ella está bien. Dentro del penal era muy trabajadora y amable. Hasta el último ella negó. Hasta que la defensora pública le dijo que iba a ser condenada, pidió disculpas pero el daño que le hizo a la niña es irreversible», dijo.
Asimismo, en el mismo caso, un hombre también fue condenado a 15 años de pena privativa de libertad por los hechos punibles de Abuso Sexual como autor y Pornografía Infantil en calidad de instigador.
Según la acusación de la fiscal Analía Rodríguez, en julio de 2.017, la ahora condenada había encerrado a su hija de 6 años en una habitación con otro menor de edad para practicar actos sexuales. Mientras, la mujer filmaba la escena y posteriormente enviada al otro sentenciado, que sería su pareja sentimental. En algunas ocasiones la madre también manoseaba a su hija.
Durante la investigación se encontraron 4 grabaciones de pornografía infantil en el celular del ahora condenado y sirvieron de evidencia para probar la acusación fiscal. El Tribunal de Sentencia aplicó la pena de 22 años para la mujer y 15 para el hombre. Ambas condenas coinciden con el requerimiento de la fiscal Rodríguez en su alegato final.

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