¿Qué pasa si una persona no tiene permiso para circular?: «Se labra acta, se comunica al fiscal de turno y este dispone qué pasará con la persona, será aprehendido y llevado a la Comisaría por el termino de seis horas, luego se retirará y se presentará al día siguiente para realizar la declaración correspondiente», explicó.
Las ciudades consideradas como zona roja son: Asunción, Lambaré, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Villa Elisa, Guarambaré, Ñemby, Villarrica, Ciudad del Este, Caacupé, Hohenau, Caraguatay, San Bernardino, Caazapá, Encarnación, Coronel Bogado, Fram, San Juan Bautista, San Ignacio, Ayolas, Caapucú, Paraguarí y Pilar.
Las nuevas disposiciones abarcan lo siguiente:
• La circulación se permitirá desde las 05:00 a 20:00 horas. Los locales gastronómicos podrán operar dentro del horario de 05:00 a 23:59.
• Bebidas alcohólicas no podrán ser comercializadas ni distribuidas de 20:00 a 05:00, a excepción de locales gastronómicos.
• Todos los comercios deberán operar bajo el estricto cumplimiento de protocolos sanitarios.
• Eventos sociales de 05:00 a 23:59, con un máximo de hasta 100 personas.
• Encuentros en residencias particulares, con un máximo de hasta 12 personas.
• Eventos sociales y corporativos tendrán una duración máxima de 4 horas.
• No están permitidos los espacios bailables ni barras.
• Horario laboral para funcionarios públicos, de lunes a viernes, de 08:00 a 13:00, trabajo en cuadrillas con hasta el 50% de los RR.HH., a excepción de funcionarios del sistema de salud y servicios públicos imprescindibles para la comunidad.
• Actividad física en espacios al aire libre en grupos hasta 4 personas.
• Práctica deportiva en grupos de hasta 4 personas, en locales habilitados para el efecto.
• Clases grupales en academias, gimnasios, polideportivos y otros espacios cerrados, garantizando 4 metros entre personas.
• Sector cultural y creativo, de 05:00 a 23:59, con aforo máximo de 75 personas. Actividades habilitadas: obras teatrales, danza, circo y otras disciplinas afines. Conciertos y festivales musicales, salas de cine, exposiciones, bibliotecas y museos, librerías y galerías de arte, etc.
• Actos de culto, hasta un máximo de 100 personas en espacios cerrados y hasta 150 personas en espacios abiertos.
• La Policía Nacional realizará el control estricto del cumplimiento de las disposiciones.
El nuevo Decreto N°5025, se encuentra disponible para descarga en el apartado COVID-19 de la web institucional, sección Cuarentena Inteligente.

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