Jueza prohibe a Kelembú realizar campañas electorales que cosifiquen a las mujeres

«Todas las propagandas electorales tienen que tener un fin, que es captar votos. Debe cumplir con los requisitos de valores democráticos y debe conttribuir a la educación cívica de la ciudadanía. Las publicaciones que venían circulando por las redes sociales no cumplían con ese requisito», expresó la jueza.

Cabe recordar que la acción fue promovida por la fiscala electoral Nilsa Torales, quien solicitó la suspensión de la difusión del video. La determinación también alcanza a sus apoderados y adherentes, quienes tienen prohibido seguir realizando cualquier tipo de propaganda electoral con mensajes que representen la violación del artículo 290, primer párrafo, y el artículo 292, inciso b, de la Ley 834/96 del Código Electoral.

La jueza mencionó que en caso de incumplimiento, el expediente pasará a la Fiscalía Penal.

 

 

 


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