Durante el juicio oral, la representante fiscal comprobó la responsabilidad del acusado y demostró que no deposito el monto de G.800.000 mensuales que el Juzgado de la Niñez le había impuesto depositar en una cuenta abierta a nombre del juicio.
El Ministerio Público pudo comprobar que el acusado a pesar de tener la capacidad físico real para abonar la cuota alimentaria el mismo no depositó dicho monto lo que ocasionó un perjuicio al nivel de vida de los cuatro niños, confirmando el dolo con el que actuó el acusado, para el sustento de los 4 hijos.
Fuente: Ministerio Público

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