Pérez explicó que esta modificación planteada es para aquellos bienes incautados que aún no cuentan con una sentencia de decomiso y que para no perder su valor económico en ese transcurso, lo que se busca es monetizar para que no pierdan su valor e inclusive, al estar depositado en una cuenta generará intereses.
Asimismo indicó que con esta modificación no será necesaria la autorización judicial, lo que muchas veces evita que el trámite sea ágil y permita la depreciación de los bienes. Señaló además que el dinero obtenido de la venta de los inmuebles se pondrá en cuenta abierta a nombre de la causa y que si la persona procesada es absuelta podrá retirarlo.

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