Específico que “está regulado por el código de procedimiento de ejecución de la condena, efectivamente la Ley permite realizar concesiones o permisos de salidas especiales en algunos casos, pero atendiendo y analizando caso por caso y tomando en cuenta que la persona que lo solicite no revista de peligrosidad que ponga en riesgo esa salida».
Apuntó que la evaluación en este caso donde Carmen Villalba es la protagonista es imposible realizar el procedimiento porque “ya se fugó una vez del Buen Pastor sobre el techo, ya ocasionó un incendio en el Penal” y podría haber tenido esa intención cuando llevaron el féretro de su hermano al Buen Pastor”.

Deja una respuesta