“Un mes antes de este hecho tan grave ya se tenía noticias de un acoso escolar, si se intervenía de manera correcta no hubiésemos estado hablando de una situación de abuso”, dijo.
Asimismo, requirió elevación de la causa a Juicio Oral y Público.
«Se corroboró que no se tomaron las acciones que se debían tomar ante esa primera situación y tampoco en el hecho más grave. Omitieron aplicar los protocolos bien establecidos que tiene el MEC”, expresó.
Mencionó que quedó demostrado que las acusadas, no realizaron ninguna acción para cumplir el mandato legal ‘’debes cuidar y proteger al niño’’, siendo que las mismas tenían la capacidad de conocer y realizar la acción ausente.
A su vez, la conducta de las maestras se adecua a lo que establece el Art. 7 de la Ley N° 6202/2019 Obligación de Denunciar; ‘’El docente y los funcionarios de la CODENI, todo cuidador de un niño, niña o adolescente y todo aquel que tuviera conocimiento de una conducta o indicio de abuso sexual, estan obligados a denunciar ante las autoridades administrativas o judiciales dentro de las 48 horas siguientes al conocimiento del hecho. En caso de inobservancia de esta obligación, la omisión será sancionada de conformidad a los establecido en el Art. 240 del Código Penal’’
Por ende, las mismas reúnen los presupuestos de la tipicidad, considerando que tomaron conocimiento del hecho ocurrido en fecha 27 de abril del año 2022 dentro de la institución educativa, sin embargo, no comunicaron sobre el caso dentro del plazo exigido por la norma, a las autoridades administrativas y judiciales.
Es más, se demostró que recién en fecha 4 de mayo del 2022 la acusada Carolina Urbieta realizó un informe a la Supervisión Pedagógica del Ministerio de Educación y Ciencias, refiriéndose al Acoso y no así, al Abuso Sexual sufrido por la víctima, cuando la misma ya estaba en conocimiento de los hechos.
En ese sentido, se pudo probar la ausencia de una acción concreta por parte de las procesadas, destinada a cumplir con la obligación compuesta por la norma, pese a que tenían toda la capacidad de realizar la denuncia correspondiente.

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