Hubo un caso que llegó a la inconstitucionalidad porque el Código Procesal Penal en su artículo donde habla de la indemnización dice que el Estado debe indemnizarte, pero la Constitución habla del funcionario y que el Estado es subsidiario responsable. Es decir, si el funcionario no tiene formas de pagar, paga el Estado, explicó Cheng Kuo.
