«La Ley 4840 establece los tipos de infracciones, leves, graves y muy graves. Desde el momento en que la infracción es muy grave, la modificatoria lo lleva a delito. La pena es de dos años y de acción penal pública, la competencia recae ante el Ministerio Público, que tiene que investigar esta infracción o delito de maltrato animal”, explicó el director de Asesoría Jurídica de Defensa Animal, Alcides Montiel.
El profesional solicitó que sea convocado el director de la penitenciaria para dar una declaración a fin de que brinde detalles sobre quienes pueden ser los que utilizaron a ese animal como “mula”, tal como él lo había manifestado.
«El Ministerio Público debe de investigar y lograr una sanción. Nosotros nos ponemos a disposición del Ministerio de Justicia para controlar los animales dentro de la Penitenciaria Nacional», dijo.
