«La estrategia que quisieron usar con los decretos es transferir desde el Ministerio de Defensa al MAG, de modo a que las tierras continúen en manos del Estado, pero el problema se plantea cuando se le quiere dar el destino, para que el MAG canalice al INDERT para titular y ofrecer a dominio privado. Eso finalmente uno pone a pensar que puede configurar la nulidad porque no hubo una Ley para producir el traslado el dominio a personas beneficiadas con la Reforma Agraria», señaló el procurador.
«La transferencia no operó. La transferencia opera cuando se agotan todas las instancias, por eso se dispuso que se tenía que hacer a través de la escribanía mayor del Gobierno y eso no operó. Quedó la intención. El acto definitivo es el que otorga, reconoce o deniega un hecho», explicó.
