El director de aeronáutica de la DINAC, José Luis Chávez, explicó que el reglamento está dirigido a los eventos que pueden llevarse a cabo en las inmediaciones de los aeropuertos internacionales y aeródromos del país, en un radio de aproximadamente 5 kilómetros alrededor de un aeropuerto. Dijo que estos eventos pueden involucrar la realización de espectáculos pirotécnicos o juegos de luces, lo cual tiene un fuerte impacto en la aviación, especialmente durante etapas críticas como el aterrizaje o el despegue.
Chávez añadió que la misión de la DINAC es garantizar la seguridad operacional en estos escenarios. «Nosotros tenemos un decreto del Poder Ejecutivo que nos habilita al cobro de tasas por los servicios que nosotros prestamos. Adecuamos las tasas para abajo, llevándolo más a la realidad”, indicó Chávez a Ñandutí.

Asimismo, tras la consulta del vuelo de un dron en cercanía de un aeropuerto, dijo que estos no deberían de arrancar en estos lugares. “Para hacerlo se pide un permiso correspondiente a la dirección de aeronáutica y ahí nosotros analizamos si es factible esa operación y entonces damos la limitaciones de tiempo y altura para volar en el lugar que solicita, esas limitaciones se envía a la fabrica constructora del dron que libera a través del software que tiene cada aparato, en base a las limitaciones que nosotros autorizamos», puntualizó.
