Caja de Jubilados: Reclaman incumplimiento de sentencia del TSJE que inhabilita a José Caballero

Al respecto de la duración de la intervención, mencionó que la ley dice que no durará 90 días, para un nuevo llamado a elecciones. “Las elecciones ya fueron llamadas, lo que corresponde es que la intervención apure al TSJE para que defina las fechas de las elecciones. Depende de la Justicia Electoral, no de la parte administrativa”, indicó Oro.

“El TSJE ya sacó la sentencia definitiva donde suspende las elecciones del 27, inhabilita a José Caballero y obliga al TEI a que haga un nuevo cronograma de las elecciones. Ahí el TEI, manejado por José Caballero, solo acató el tema de que se suspendió las elecciones, no le inhabilitó a José ni llamó a nuevas elecciones”, enfatizó.

Igualmente, dijo que esto se venía venir hace bastante tiempo, porque José Caballero insistía en lo que prohíbe la Ley en la Carta Orgánica en el artículo 18. La Ley dice que un candidato puede ejercer solo dos periodos en el mismo cargo.

Asimismo, denunció que José Caballero, actual presidente de la Caja Bancaria, pudo lograr un TEI a su medida. “No era un TEI realmente independiente, era uno amañado y habilita a todos los candidatos, incluyendo a José Caballero. Alegando un tema administrativo, donde no se homologó el decreto del poder Ejecutivo para su segundo periodo”, dijo.
Sin embargo, según Miguel Oro, Caballero no puede alegar después de 4 años que no asumió su segundo periodo, porque sí cumplió las funciones de presidente.

“Marito no firmó, por a, b, z motivo. Si ahora sale cualquier candidato como presidente y no homologa el Poder Ejecutivo, cualquiera se va a quedar eternamente en el cargo”, apuntó.