El abogado Ezequiel Santagada explicó que la respuesta del IPS al grupo Ñandutí, al pedido de una información sobre nombramiento de funcionarios tras un proceso de desprecarización, no corresponde, ya que la ley de información pública garantiza el acceso a dichos documentos.
“La respuesta del IPS es abiertamente ilegal”, empezó diciendo el abogado, “reduce la información que se puede solicitar, a la información que como mínimo se debe publicar. O sea, equipara la información mínima a la única información que se puede solicitar. Absurdo, arbitrario”, explicó Santagada.
«Y tan absurdo y arbitrario como eso es que a pesar de reconocer que el artículo 22 de la ley 5282 expresamente establece que sólo la ley podrá calificar a la información como reservada o secreta. Con total desparpajo niegan la información sosteniendo que «la Resolución solicitada por la recurrente, es considerada por la Dirección de Gestión y Desarrollo del Talento Humano como un documento de uso restringido por la Institución, y su publicación podrá hacerse únicamente con la autorización de la dependencia emitente» (sic)», sentenció el abogado.
“O sea, que para los abogados del IPS lo que consideran sus dependencias internas están por encima de lo establece la ley”, recriminó Santagada.
El abogado cerró con una dura conclusión: “No nos confundamos, no lo hacen por burros; lo hacen por autoritarios, porque desprecian la ley, porque se sienten impunes”, afirmó.

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