El proyecto reduce el monto de 10 jornales a 5 jornales, aproximadamente a G. 515. 455 para considerar la apropiación como tal, lo que implica que robando algo de dicho valor se podría recibir pena carcelaria, y establece que en los casos de reincidencia el Ministerio Público puede actuar de oficio.
Ávalos Mariño destacó que los robos bagatelarios no tienen un seguimiento efectivo debido a que no afectan objetos de gran valor, por lo que no son considerados prioritarios.
Por otro lado, el Poder Ejecutivo consideró que el proyecto es redundante e innecesario, ya que las conductas están tipificadas en el Código Penal y no es necesario incluir un inciso que establezca la obligación del Ministerio Público de actuar de oficio, ya que esta obligación se encuentra reglada en otros instrumentos normativos.
A pesar de estas objeciones, la Cámara de Diputados decidió levantar el veto total, el proyecto se devuelve al Poder Ejecutivo, asegurando que sea promulgada indefectiblemente.

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