Ministerio de Justicia investiga el traslado irregular de dos personas privadas de libertad

Desde la cartera estatal sostienen que las medidas fueron adoptadas apenas se tomó conocimiento del hecho y antes de que tomara estado público. La Resolución N° 42 dispone medidas complementarias para los traslados de PPL recluidas en los centros penitenciarios, dependientes de la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios del Ministerio de Justicia, incluyendo los reclusorios de mujeres.

La Resolución establece la prohibición expresa de traslados de PPL sin haberse dado cumplimiento al Artículo 2° de la resolución (aprobación del Ministro o del Viceministro de Política Criminal).

En su artículo 4°, la Resolución señala que las solicitudes de traslados deberán ser realizadas, nota mediante, ante el Viceministro de Política Criminal, y solo podrán ser realizados una vez obtenida la aprobación y/o Visto Bueno del mismo. En los casos de urgencias podrá tomarse como válida la conformidad realizada mediante medios digitales y/o telemáticos (correos, mensajería instantánea, otros), debiendo ello quedar formalizado de manera posterior.

Se exceptúan de las medidas complementarias los traslados que provengan de una orden judicial emanada de la autoridad competente.

El ministro Nicora también solicitó a la Dirección General de Establecimientos Penitenciarios (DGEP) un informe detallado sobre las circunstancias que derivaron en el traslado, detalle del móvil o móviles utilizados, cantidad de personal con pormenores de todos los involucrados en el traslado, tanto de la penitenciaría de Tacumbú como de Villarrica, así como los motivos y documentaciones respaldarías del procedimiento.

Como tercera medida se dio participación a la Dirección Anticorrupción para la investigación del caso y actuar en conformidad. Además, se dispuso el retorno de los dos trasladados a la Penitenciaría Nacional de Tacumbú, que fueron Flaviano Giménez, con CIP N°2.655.849 y su hijo Flavio Junior Giménez Spaini, con CIP N° 4.558.728.


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