Maidana aclaró que, en caso de ser aprobada esta nueva ley, el cónyuge, el concubino, los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y en segundo grado de afinidad, no podrán ser designados en cargos de confianzas.
«Estamos hablando de tres proyectos: el primero fue presentado por el presidente Mario Abdo Benítez antes de culminar su periodo; el segundo fue presentado en febrero de este año ante la Comisión Permanente del Congreso; y finalmente, el 16 de septiembre, se presenta una versión consensuada, fruto de una serie de reuniones donde se cerraron acuerdos mínimos sobre este nuevo anteproyecto», explicó el senador.
Destacó que las carreras que cuentan con leyes especiales seguirán regidas por dichas leyes y solo se aplicará supletoriamente la ley del registro civil. En cuanto a la estabilidad laboral, se establece que esta se otorgará después de dos años de haber ejercido en la función pública, tras un periodo de evaluación de desempeño y otras consideraciones.
Respecto al derecho de huelga y sindicalización, Maidana aclaró que estos aspectos se regirán siempre conforme al código laboral vigente.

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