En primer lugar, aclaró que se tendrá en cuenta la pérdida tanto de la progenitora como el progenitor, siempre y cuando se trate de un hecho ocurrido en un contexto de violencia doméstica.
Refirió que la pensión consistirá en una suma de 15 jornales, a ser percibidos mensualmente por el encargado de los menores que hayan sido afectados.
Aseguró que el proceso debería ser sencillo, alegando que una vez que se defina a la persona encargada del cuidado alternativo de los niños, automáticamente se deriva el caso al Ministerio de la Niñez, responsable de la aplicación y el control de la ley.
Con respecto a los casos ocurridos con anterioridad, manifestó que los responsables deben recurrir ante el juez competente que les otorgó la medida e iniciar el trámite correspondiente.
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