“Según la sentencia arbitral y lo que quedó firme, los trabajos se encontraban en curso, con un grado importante de avance, había un crédito que iba a solventar el costo. Se trataba de una obra de envergadura y moderna”, expresó el procurador.
Inclusive, González sostuvo que el proyecto pudo continuar y que solo faltaban algunos problemas que resolver.
“Las obras tenían cuestiones que zanjar como permisos municipales, cambiar algunas cuestiones de desagüe y faltaba arreglar o un canal de entendimiento con 15 frentistas, habían pasos que dar para culminar la misma”, manifestó el procurador.
Consultado por las supuestas contradicciones alrededor del proceso, apuntó que “la primera pericia creo y estimo que había considerado como un perjuicio todo lo construido, pero según el Tribunal Arbitral, se correspondía con todo lo pactado y no hubo perjuicios”, argumentó.
Finalmente, el procurador sugirió que el supuesto daño patrimonial, en realidad, pudo haber sido causado con la destrucción de la obra.
“Había una obra ejecutable que se ejecutó en la medida de lo pagado. Daño patrimonial por lo edificado no hay, habría que ver si no hay daño patrimonial por destruir”, sentenció.
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