Con esta resolución, Filizzola logra su impunidad y no será juzgado por un tribunal de sentencia. «Cinco veces el Ministerio Público recusó. Cuatro veces a ministros del Poder Judicial y una a la jueza penal de garantías Alicia Pedroso! Cinco años se tardó en resolver una aclaratoria sin que los Fiscales hayan presentado un urgimiento siquiera por año», señaló en redes sociales su defensor, Guillermo Duarte Cacavelos.
“Una vez interpuesta la acción de inconstitucionalidad el 04/03/2015 hasta su resolución el 31/08/ 2016 ha trascurrido un 1 año, 5 meses y 27 días, momento para el cual la situación conflictiva ya había sido resuelta por la Corte no haciendo lugar a la inconstitucionalidad. A partir de allí la cuestión sustancial ya estaba resuelta sin embargo por una aclaratoria que no cambiaría la decisión del fallo, el caso quedo a resultas de ella, sin que el Ministerio Público a partir de la citada fecha haya asumido una postura activa y de parte procesal como titular de la acción pública, que se tradujo en la casi ausencia de algún urgimiento cuanto mínimo uno por año, que pueda motivar la continuación del caso. Asimismo la circunstancia objetivamente insuperable no puede atribuirse en exclusiva a una de las partes (los 5 años), cuando en realidad la Fiscalía contribuyó con cuatro presentación de recusaciones a los miembros de la Corte y una quinta recusación que formó parte a la jueza Alicia Pedrozo Berni, entendiéndose por todo ello que a partir de agosto de 2016 no puede considerarse de ninguna manera insuperable la circunstancia de las cuestiones dadas para el dictado de una aclaratoria ni justificado el acto, de cuya causa fue devuelta en el 2021, concluyendo que no existió una circunstancia objetivamente insuperable que pueda suspender el cómputo», expresó el magistrado.


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