Este ajuste, recomendado por el Consejo Nacional de Salarios Mínimos (CONASAM), representa un incremento de G. 100.739 respecto al valor anterior. Estará vigente a partir del 1 de julio.
De esta manera, el Poder Ejecutivo número 4122 dispone el reajuste del salario mínimo legal del trabajador del sector privado en tres coma seis por ciento (3,6%) con relación al establecido según Decreto N° 1909 del 17 de junio de 2024, que regirá a partir del 1 de julio de 2025, en las actividades expresamente previstas, escalonadas y las diversas no especificadas.
Según el documento, se establece el salario mínimo legal vigente a partir del 1 de julio de 2025 en dos millones ochocientos noventa y nueve mil cuarenta y ocho guaraníes (G. 2.899.048) y el jornal mínimo en ciento once mil quinientos dos guaraníes (G. 111.502), de conformidad con el artículo 1° de este Decreto.

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