Jubilaciones ordinarias para docentes y magistrados a los 57 años con 25 años de aporte y tasa de reemplazo de 60% a 85%; extraordinarias a los 55 años con mínimo 30 años.
Fuerza Pública podrá retirarse antes de los 57 años con cálculo sobre los últimos 5 años y misma tasa de reemplazo.
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