La procesada había promovido una acción de tutela alegando vulneraciones a sus derechos fundamentales y cuestionando las sentencias de primera y segunda instancia, así como la inadmisión del recurso extraordinario de casación. Sin embargo, mediante la Sentencia STC566-2026, la Corte concluyó que no se verificó afectación al debido proceso ni al derecho a la defensa.
El alto tribunal sostuvo que la tutela contra decisiones judiciales solo procede en casos excepcionales y ratificó que la inadmisión del recurso respondió al incumplimiento de requisitos técnicos, manteniéndose firmes las resoluciones dictadas en el proceso penal.
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