Caso Bolt: Cambian carátula del conductor imputado por la muerte de un pasajero a homicidio culposo

El juzgado resolvió hacer lugar parcialmente al incidente de cambio de calificación que fue deducido por los abogados defensores del procesado,  Carolina González y Víctor González. Con esta determinación judicial, se dispuso subsumir provisoriamente la conducta del conductor bajo el Artículo 107 del Código Penal (homicidio culposo).

De acuerdo con el documento emitido por el Poder Judicial, el magistrado dispuso textualmente: «MODIFICAR la calificación jurídica provisoria atribuida al procesado CRISTIAN EDUARDO JAIME NARVÁEZ, exclusivamente en cuanto al hecho punible de HOMICIDIO DOLOSO, y en consecuencia, SUBSUMIR PROVISORIAMENTE dicha conducta en el tipo penal de HOMICIDIO CULPOSO».

Esta decisión se tomó conforme a los fundamentos expuestos en el considerando de la resolución, donde se analizaron los elementos técnicos y las circunstancias que rodearon el trágico suceso, determinando de momento que la calificación inicial de dolo no correspondía con el comportamiento atribuido al conductor.

«Una tragedia sin intención»

Cabe recordar que, en un diálogo previo con Radio Ñanduti, la abogada defensora Carolina González había cuestionado duramente la imputación inicial por homicidio doloso presentada por el Ministerio Público. En aquel entonces, la profesional sostuvo con firmeza ante nuestros micrófonos que el hecho se trató de una “tragedia sin intención”.

Durante la entrevista, González había asegurado que su cliente nunca tuvo la voluntad de matar a la víctima y que el desenlace fatal ocurrió luego de una pelea al finalizar el viaje. Con el cambio de carátula otorgado ahora por el juzgado, la postura de la defensa cobra fuerza en el proceso.

Se mantiene la omisión de auxilio

Por otra parte, la resolución judicial determinó rechazar el pedido de exclusión del hecho punible de omisión de auxilio, previsto en el Artículo 117 del Código Penal. La defensa del imputado había solicitado dejar de lado esta figura, pero el juzgado resolvió mantener dicha calificación en forma provisoria.

De esta manera, la causa contra Cristian Eduardo Jaime Narváez quedó formalmente caratulada como: «Cristian Eduardo Jaime Narváez s/ Homicidio Culposo y Omisión de Auxilio», en calidad de autor.


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