Juez ordena secuestro de tres vehículos y embargo de cuentas de Eddie Jara y su exesposa por supuesto enriquecimiento ilícito

El juez penal de garantías Osmar Legal ordenó el secuestro de tres vehículos vinculados a Eddie Jara, expresidente de Petropar, y el embargo preventivo de fondos de Jara y de su exesposa, Karina Otazú. La medida consta en el Auto Interlocutorio N.º 344, del 23 de octubre de 2026, de la causa N.º 13/2026.

La resolución responde al requerimiento fiscal N.º 35, presentado por la agente fiscal Yeimy Adle, y se dicta después de admitir la imputación contra Jara por presunto enriquecimiento ilícito y contra Otazú por presunto lavado de activos.

Los vehículos

El secuestro alcanza a un Jeep Compass Limited 2025, un Jeep Commander 2024 y un Toyota Land Cruiser 300 VX. Los dos últimos están inscriptos a nombre de Jara.

El Compass figura a nombre de una tercera persona. Según los antecedentes de la carpeta fiscal, incluida la información de la firma Garden Automotores S.A., la entrega inicial y las cuotas de ese vehículo habrían sido pagadas en su totalidad por Jara.

Sobre los tres rodados, el juez dispuso además la prohibición de innovar y de contratar.

La Fiscalía no precisó en su pedido dónde se encuentran los vehículos. Por eso, el juez libró oficio a la Comandancia de la Policía Nacional para que los localice y los ponga a disposición del juzgado. También oficiará a la Dirección del Registro Automotor para la anotación de la medida.

Las cuentas

El juez ordenó el embargo preventivo de los fondos existentes, y de los que ingresen, en 11 cuentas: cinco a nombre de Jara (Banco BASA, Ueno, Banco Familiar y Banco Nacional de Fomento, además de una cuenta del Itaú que comparte con Otazú) y seis a nombre de Otazú (Sudameris, tres en la Cooperativa Universitaria y dos en Ueno Bank, una de ellas «Cuenta Mujer»).

Las cuentas podrán recibir transferencias, depósitos y cheques. Estarán impedidos los retiros, las transferencias salientes, los pagos, la emisión de cheques y cualquier otra disposición de los fondos.

Inhibición general de bienes

El magistrado también decretó la inhibición general de enajenar y gravar bienes muebles e inmuebles de ambos imputados, con el fin de prevenir «cualquier maniobra de enajenación u ocultamiento» de bienes registrados a su nombre o de activos que aún no fueron individualizados.

Los fundamentos

Para el juez, del relato del acta de imputación surgen «elementos de sospecha suficientes, en esta etapa inicial», que vinculan los bienes y fondos con un circuito de operaciones caracterizado por la recepción, administración e introducción al sistema económico de fondos de presunto origen ilícito vinculados a la gestión de Jara. Según la resolución, esos fondos estarían colocados a nombre de terceras personas para ocultar su verdadera propiedad y trazabilidad.

El auto menciona operaciones de gran magnitud fuera del sistema financiero atribuibles a Jara, sin débito bancario correlativo ni fuente lícita acreditada que explique su procedencia. Las medidas buscan evitar la dispersión de los activos y preservarlos para un eventual comiso.

Qué sigue

La audiencia de imposición de medidas está fijada para el 6 de noviembre. Las medidas dispuestas son cautelares y provisorias, y se mantienen mientras duren las circunstancias que las determinaron.


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