Causas por violación del deber de cuidado de adultos mayores aumentaron 25 % en tres años

En el marco del Día de los Abuelos, el Ministerio Público dio a conocer un informe que revela un aumento del 25 % en las causas ingresadas por el hecho punible de violación del deber de cuidado de ancianos o discapacitados. Según los datos, los expedientes pasaron de 620 en 2023 a 775 en 2025.

El análisis elaborado por la Dirección de Planificación señala que el 82 % de las víctimas corresponde a personas adultas mayores, mientras que un 9 % son adultos mayores con discapacidad y otro 9 % personas con discapacidad. Además, el grupo de entre 80 y 89 años registró el mayor incremento proporcional, al pasar de representar el 9 % de las víctimas en 2023 al 33 % en 2025.

El informe también indica que el 96 % de los hechos analizados ocurrió dentro de la vivienda, lo que evidencia que este tipo de violencia permanece mayoritariamente en el ámbito familiar. En el 83 % de los casos, los presuntos responsables fueron hijos de la persona afectada, una proporción similar a la registrada el año anterior.

Otro dato relevante es que en el 94 % de las causas se identificaron situaciones de abandono asociadas al incumplimiento de necesidades básicas, como alimentación, atención médica, higiene o protección.

Asimismo, la consecuencia más frecuente fue la privación de recursos económicos destinados a cubrir gastos esenciales o acceder a servicios de salud, presente en el 65 % de los casos, seguida por el deterioro físico, con el 32 %.

En cuanto a la distribución territorial, el departamento Central concentró el 50 % de las causas registradas durante 2025, seguido de Asunción y Alto Paraná. Además, el 85 % de las denuncias fue presentado por familiares cercanos, lo que, según el Ministerio Público, refleja la importancia del entorno familiar para detectar y denunciar este tipo de hechos.

La institución recordó que la violación del deber de cuidado de ancianos o personas con discapacidad está prevista en el artículo 227 del Código Penal y constituye un hecho punible cuando existe un incumplimiento grave del deber legal de asistencia hacia personas en situación de especial vulnerabilidad.

En ese sentido, instó a fortalecer las redes de apoyo y denunciar oportunamente cualquier situación que ponga en riesgo los derechos de las personas mayores.


Comentarios

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *